Colegio Notarial de Mendoza

pago de sellos bajo protesto

Se remite borrador de modelo para cuando el cliente se haya visto obligado a pagar el impuesto de sellos suplementario al momento de elevar a escritura pública una operación inmobiliaria u otra, en aquellos casos en que ya había cancelado, en su totalidad, el impuesto correspondiente (momento de suscribirse boleto de compra venta).

La mecánica sería la siguiente:

1º) Pagar el Impuesto de Sellos por diferencia de avaluos al momento de elevar a escritura pública.
2º) Presentar en ATM la nota modelo, haciendo la reserva de derechos.
3º) Dentro del mes de formulado el pago, iniciar ante la Corte la acción de inconstitucionalidad acumulada a una acción de repetición o devolución de lo pagado indebidamente.

Haga click para descargar nota modelo

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


OSDE en cada latido
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